AUDIENCIA Y CONCILIACIÓN

Antes de demandar hay que conciliar

La Reforma Laboral establece la obligación de personas trabajadoras y empleadoras de asistir a una audiencia de conciliación antes de iniciar un juicio ante tribunales laborales.

¿Qué es la conciliación?

Es un mecanismo para solucionar controversias laborales, basado en la comunicación entre personas trabajadoras y empleadoras, quienes son acompañadas por un externo (persona conciliadora), especialista en mediación para lograr soluciones eficaces, sin necesidad de llegar a juicio.

Audiencia de Conciliación

En la audiencia de conciliación laboral:

•Las partes narran sus versiones del conflicto y expresan sus pretensiones

•La autoridad conciliadora, conoce, analiza e identifica el conflicto entre las partes; y mediante técnicas de comunicación y el uso de métodos de conciliación propone una solución al conflicto.

•La autoridad conciliadora deberá tomar en cuenta las necesidades de las partes, salvaguardando los derechos fundamentales y las premisas establecidas en la Ley Federal del Trabajo.

Puede suceder que:

•Las partes se nieguen a llegar a un acuerdo conciliatorio y en este caso la autoridad conciliadora da por agotada la etapa de conciliación prejudicial y expide la constancia de no conciliación para que las personas interesadas acudan a los Tribunales Laborales.

•Las partes no llegan a una conciliación, pero sí desean realizarla en una nueva audiencia.

•Las partes aceptan la propuesta de conciliación, se eleva a grado de convenio y adquiere la condición de cosa juzgada, para lo cual se materializa el cumplimiento ante el CCLCDMX, o en caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá promover su cumplimiento ante el Tribunal Laboral especializado mediante el procedimiento de ejecución de sentencia que establece la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuál es el plazo para iniciar un proceso de conciliación?

Existe un tiempo límite para ejercer tus derechos, el cual depende del tipo de controversia.

El plazo para iniciar tu proceso de conciliación será de acuerdo con lo siguiente y contará a partir de tu último día de trabajo:

* Conflicto de despido o derecho de preferencia: 2 meses.

* Rescisión de trabajo: 1 mes.

* Pago de prestaciones o derecho de antigüedad y ascenso: 1 año


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Población trabajadora y empleadora de la Ciudad de México.

Dr. Andrade 45, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.

55 5134 1730

Lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.